Fuente: Fotocasa
El certificado de empadronamiento es un documento expedido por los respectivos ayuntamientos de cada localidad, que acredita que una persona vive en un domicilio determinado y el tiempo durante el cual reside en él. Empadronarse es un derecho, ya que ayuda a llevar a cabo muchos trámites, pero también es un deber. Y es que todas las personas que residan en España están obligadas por ley a inscribirse en el Padrón del municipio de su residencia habitual, independientemente de su nacionalidad o de si su situación en el país es legal o no.
¿Para qué se necesita el certificado de empadronamiento?
El certificado de empadronamiento resulta imprescindible, como apuntábamos, para poder llevar a cabo la mayoría de trámites legales. Por ejemplo, expedir o renovar el DNI, el pasaporte y el carné de conducir, matricular un vehículo, solicitar una plaza escolar, acceder a las ayudas por desempleo o a las de los servicios sociales, y en general para todas las gestiones administrativas de cada comunidad autónoma relativas al lugar de residencia, así como de la Administración central. También puede ser necesario delante de organismos judiciales, como juzgados y tribunales, organismos militares y penitenciarios, el Registro Civil y, en definitiva, para llevar a cabo casi todos los trámites.
¿Cómo se solicita?
La forma más sencilla de solicitar el certificado de empadronamiento es online, aunque la gestión puede variar de un ayuntamiento a otro, por lo que es recomendable informarnos de cómo pedirlo en el consistorio u oficina del distrito habilitada en cada barrio que nos corresponda según nuestro padrón. A pesar de estas diferencias, en general podemos tramitarlo mediante el DNI electrónico, el sistema Cl@ve, o un certificado electrónico. Es el caso, por ejemplo, de Barcelona, Madrid o Valencia, cuyos ayuntamientos permiten realizar la solicitud de forma inmediata si nos identificamos con cualquiera de los documentos anteriores.
En el caso de que nuestro domicilio se encuentre en una capital de provincia o comunidad autónoma podremos acudir a la página web oficial del ayuntamiento que proceda, o a la del Gobierno, y buscar el enlace correspondiente, que nos redirigirá a la sede electrónica municipal que nos pertenece. En cualquier caso, siempre debemos recurrir a las páginas web oficiales.
Si no disponemos del DNI electrónico, el sistema Cl@ve, o un certificado electrónico y, por lo tanto, no podemos “fichar” electrónicamente, tenemos la opción de pedir el certificado de empadronamiento a través de formularios que deberemos rellenar para demostrar que somos quien decimos ser. Si los datos proporcionados coinciden con los que dispone el Padrón, en diez días hábiles deberíamos recibir a través de nuestro correo electrónico el certificado.
Además de las vías anteriores, otros consistorios ofrecen la posibilidad de mandar un correo electrónico e, incluso, de llamar para que nos informen directamente de qué pasos debemos seguir para conseguir el certificado. Si el que nos corresponde según nuestro domicilio no permitiera ninguna de estas opciones, también cabría la posibilidad de llamar al teléfono de atención ciudadana, para que nos expliquen qué procedimiento deberemos seguir en cada caso.
Si nos fuera más cómodo, también podemos acudir directamente al ayuntamiento o a la oficina del distrito habilitada en cada barrio para tal fin, Allí nos pedirán una fotocopia y original de nuestro DNI, pasaporte o tarjeta de residencia, así como una fotocopia y original del contrato de alquiler o la autorización firmada por el dueño de la vivienda donde vivamos.
Si por cualquier razón una persona no pudiera acudir físicamente a tramitarlo, también podría pedirlo un tercero autorizado, que deberá mostrar su propio DNI y una carta de autorización firmada por el empadronado, junto con una copia de su DNI. Otra persona que resida en el domicilio, aunque no sea el propietario, puede autorizarnos siempre que también esté empadronada.
El certificado de empadronamiento
tiene una validez de tres meses desde su expedición y en algunos municipios se
debe pagar una tasa de 2,5 euros para obtenerlo.
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